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Diagrama de temas

  • Modulo 1: Contexto y alcance de la Ley

    Contexto de la Ley Karin

    La Ley Karin surge en respuesta a casos de violencia y acoso laboral de alta connotación pública en Chile, entre ellos el caso de Karin Pizarro, una trabajadora que denunció hostigamiento y acoso en su lugar de trabajo. Su fallecimiento encendió un debate social y político que aceleró la necesidad de contar con un marco legal más robusto para prevenir y sancionar conductas de violencia en el trabajo.

    El proyecto fue impulsado para fortalecer la protección de la salud mental de las y los trabajadores, actualizando y complementando normativas existentes (como el Código del Trabajo y la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo).


    Alcance de la Ley Karin

    1. Ámbito de aplicación

      • Aplica a todas las relaciones laborales reguladas por el Código del Trabajo.

      • Reconoce explícitamente el derecho de los trabajadores a un ambiente laboral libre de violencia, acoso sexual y acoso laboral.

    2. Definiciones clave

      • Acoso laboral: Conducta reiterada ejercida por jefaturas, subordinados o compañeros, que menoscabe, maltrate o humille.

      • Acoso sexual: Conductas de connotación sexual no consentidas que afecten la dignidad de la persona.

      • Violencia en el trabajo: Incluye amenazas, agresiones físicas o psicológicas dentro del espacio laboral o con ocasión de este.

    3. Obligaciones del empleador

      • Implementar protocolos internos de prevención y denuncia.

      • Contar con canales confidenciales y seguros para recibir denuncias.

      • Adoptar medidas inmediatas de resguardo para proteger a la presunta víctima.

      • Incluir la temática en los reglamentos internos y en programas de capacitación.

    4. Procedimientos y sanciones

      • Establece plazos para la investigación interna y medidas de protección.

      • Refuerza el rol de la Dirección del Trabajo en la fiscalización.

      • Posibilita sanciones económicas y laborales para el empleador que incumpla.

    5. Protección a la víctima

      • Prohíbe represalias contra quienes denuncien.

      • Permite medidas cautelares como cambio de puesto, horario o teletrabajo mientras dure la investigación.


    Impacto esperado

    • Cambio cultural en las organizaciones, fomentando ambientes laborales más sanos.

    • Mayor responsabilidad legal de los empleadores en prevención de riesgos psicosociales.

    • Herramientas más claras para que trabajadores denuncien sin miedo a represalias.


    • Modulo 2: Definiciones importantes

      La Ley Karin (Ley N° 21.643, promulgada en enero de 2024 en Chile) establece un marco para la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo. Aquí tienes un resumen con sus definiciones clave:


      1. Acoso Laboral

      • Conducta persistente y reiterada ejercida por cualquier medio (verbal, físico, escrito, digital).

      • Afecta la dignidad o salud del trabajador/a.

      • Puede manifestarse como hostigamiento, menoscabo, humillación o amenaza dentro de la relación laboral.


      2. Acoso Sexual

      • Conducta de carácter sexual no consentida, que puede ser verbal, no verbal o física.

      • Atenta contra la dignidad y crea un ambiente intimidante, hostil o humillante.

      • Incluye insinuaciones, proposiciones, contacto físico no deseado o gestos sexuales ofensivos.


      3. Violencia en el Trabajo

      • Toda acción, conducta o amenaza que cause daño físico, psicológico o sexual a una persona en el contexto de su trabajo.

      • Se extiende a actos entre empleadores, trabajadores, clientes o terceros relacionados con el entorno laboral.


      4. Principios Rectores

      • Tolerancia Cero frente a cualquier forma de acoso o violencia.

      • Dignidad, igualdad y respeto como ejes centrales.

      • No represalia: prohibición de sancionar o despedir a quien denuncie de buena fe.

      • Debida diligencia: obligación del empleador de prevenir, investigar y sancionar.


      5. Responsabilidad del Empleador

      • Crear y difundir un protocolo interno de prevención y actuación.

      • Implementar canales de denuncia seguros y confidenciales.

      • Garantizar procesos de investigación rápidos, imparciales y efectivos.

      • Adoptar medidas de protección inmediatas para la persona denunciante.